El Boletín Oficial del Estado (BOE) ha publicado finalmente hoy la orden del Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones que determina los sectores de actividad en los que las empresas y autónomos podrán solicitar moratorias del pago de cotizaciones sociales de hasta seis meses sin el cobro de intereses.
El Consejo de Ministros del 31 de marzo aprobó un Real Decreto que habilitaba a la Seguridad Social para que concediera, como primera medida, un aplazamiento de pago para todas las empresas y autónomos de la cuota del mes de abril, a un interés más barato del habitual (0,5% frente al 3% que suele cobrar en estos casos). Estos aplazamientos más baratos estaban abiertos a todos los sectores y empresas.
En el sector agrario:
- Otros cultivos no perennes (CNAE 119)
- Otros cultivos perennes (CNAE 129)
Industria manufacturera
Podrán acogerse, dentro del área de las artes gráficas y reproducción de soportes grabados, las actividades encuadradas en el epígrafe:
- Otras actividades de impresión y artes gráficas (CNAE 1812)
Dentro de la fabricación de productos metálicos, excepto maquinaria y equipo:
- La fabricación de carpintería metálica (CNAE 2512)
Construcción
En las actividades de construcción especializada podrán solicitar la moratoria los profesionales de:
- Fontanería, instalaciones de sistemas de calefacción y aire acondicionado (CNAE 4322)
- Instalación de carpintería (CNAE 4332)
Servicios
En el epígrafe de comercio al por menor, excepto de vehículos de motor y motocicletas los beneficiarios serán los empresarios de las siguientes actividades:
- Comercio al por menor en establecimientos no especializados, con predominio en productos alimenticios, bebidas y tabaco (CNAE 4711)
- Otro comercio al por menor en establecimientos no especializados (CNAE 4719)
- Comercio al por menor de pan y productos de panadería, confitería y pastelería en establecimientos especializados (CNAE 4724)
Dentro del sector de publicidad y estudios de mercado, los beneficiarios de esta medida serán solo los negocios encuadrados en:
- Agencias de publicidad (CNAE 7311)
En las actividades sanitarias, podrán pedir estas moratorias los empresarios y autonomos de:
- Actividades odontológicas (CNAE 8623)
Y, finalmente, en el apartado de ‘otros servicios’, las actividades que podrán acogerse a esta medida son las de:
- Peluquería y otros tratamientos de belleza (CNAE 9602)