Cambio en las reglas que permiten a los autónomos en módulos acceder al cese extraordinario por COVID. Con anterioridad, estos autónomos tendrían que demostrar una caída en la facturación.

El Consejo de Ministros ha modificado la norma que se incluía en el Real Decreto publicado el 26 de enero. Según lo acordado, estos profesionales dependerán del nivel de afiliación para poder acceder a las ayudas.

Condicionado por el número de afiliados

Eso significa que solo se les autorizará el cese cuando el descenso en la afiliación se incremente en la actividad económica que realizan, tomando como referencia su CNAE. Según lo expuesto durante el Consejo de Ministros, el número medio de afiliados en alta debe ser de un 7,5% menor al número que había durante la segunda mitad de 2019.

En consecuencia, ya no será necesario que los autónomos aleguen un descenso en su facturación del 75% para poder optar al cese extraordinario de actividad.

Fuente: Cinco Días