El Gobierno aprovechó el nuevo real decreto ómnibus aprobado este martes por el Consejo de Ministros en respuesta a la pandemia del coronavirus Covid-19 para matizar algunos aspectos de la legislación de emergencia que viene impulsando en las últimas semanas. Entre otros aspectos, el texto publicado ayer en el Boletín Oficial del Estado venía a acotar los plazos para reclamar que tienen los consumidores afectados por el confinamiento general que impera desde el pasado 14 de marzo, cuya redacción original había causado dudas entre los expertos en la materia.
“En relación con el derecho de resolución de determinados contratos sin penalización por parte de los consumidores y usuarios, es necesario clarificar la redacción para determinar con máximo rigor el momento de nacimiento de los derechos”, recogía ayer el BOE. La norma aclara que los consumidores y usuarios de bienes y servicios que no hayan podido disfrutar de ellos como consecuencia de las medidas de contención desplegadas ante la pandemia tendrán “derecho a resolver el contrato durante un plazo de 14 días desde la imposible ejecución del mismo”.
Fuente: Cinco Días